*Termina también la expectativa, se cae el ruido y se confirma la continuidad institucional.
Margarita Guerra se queda en la Gobernación del Magdalena. El Consejo de Estado ratificó que su elección fue prístina, legal y transparente y que debe terminar el periodo de gobierno que ganó en la pasada elección atípica.
En fallo del 1 de octubre de 2026, la Sección Quinta del Consejo de Estado, con ponencia de la magistrada Gloria María Gómez Montoya, negó las pretensiones de las dos demandas acumuladas que habían presentado Mercedes Olano Rodríguez y Miguel Ignacio Martínez Olano nuestro querido ‘Mono’ contra la elección de la mandataria.
Era todo o nada: anular la elección o mantenerla en pie. Los demandantes no consiguieron lo que buscaban. ¿Qué dijo el alto tribunal? La Sala encontró que los escrutinios respetaron el principio de publicidad, que la reclamación ante la Comisión Escrutadora Auxiliar 4 recibió respuesta expresa y motivada, y que la solicitud ante la Comisión Departamental fue extemporánea. Además, estableció que esta última carecía de competencia para adoptar la abstención que pretendían los demandantes.
Fallo de única instancia. Sin apelación. “¿Doble Militancia? Fuerza Ciudadana la ya no existía como partido”. Este tema fue más un alimento en redes sociales que otra cosa
. Horas antes del fallo, EDSNoticias.com.co entrevistó a Juan Gutiérrez, miembro fundador del Partido Ecologista que avaló a la señora Guerra. Su concepto fue simple y lapidario y anticipó lo que diría el Consejo de Estado: “¿Cómo va a incurrir la actual gobernadora en doble militancia, si cuando aspiró ya Fuerza Ciudadana no era un partido, por haber perdido su personería jurídica? Nosotros bajo la norma la avalamos. El tema de la publicidad y la propaganda era un hecho de forma y también cumplió a cabalidad”.
El Consejo de Estado le dio la razón. La joven mandataria podrá continuar desarrollando su tarea de gobierno. Y estos son los puntos clave del fallo:
* El escrutinio fue público: El acta oficial deja constancia de la presencia de la Comisión Escrutadora, los delegados del Consejo Nacional Electoral, procuradores judiciales y apoderados de las distintas campañas, desvirtuando la afirmación de que se realizó a puerta cerrada.
* Las reclamaciones fueron atendidas: Las comisiones escrutadoras se pronunciaron de forma expresa y motivada sobre las solicitudes presentadas, conforme a las reglas del Código Electoral.
* Extemporaneidad en las solicitudes: La solicitud presentada ante la Comisión Departamental se radicó después del cierre del escrutinio y de la declaratoria oficial de la elección.
* Competencia institucional: La comisión no tenía competencia para abstenerse de declarar la elección, atribución que según el artículo 265 de la Constitución corresponde de forma exclusiva al Consejo Nacional Electoral.
Cabe destacar que el Ministerio Público también había solicitado negar las pretensiones de las demandas.
“Quisieron ganar en los tribunales lo que no ganaron en las urnas, pero la justicia habló con claridad. Hoy gana el Magdalena, gana cada ciudadano que salió a votar y ganan las instituciones”, afirmó la gobernadora Margarita Guerra Zúñiga.
“Siempre confié en la justicia, porque respetar las instituciones no es un discurso para cuando nos conviene: es una forma de gobernar. Quienes demandaron ejercieron su derecho, así funciona la democracia. Pero el Magdalena ya decidió”, añadió la mandataria.
Con este fallo definitivo quedan resueltas las impugnaciones contra el acto de elección, y la administración departamental reafirma su legitimidad para continuar con la ejecución de su plan de gobierno en beneficio del departamento.